PRIMERO: CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA PRESENTE SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO interpuesta por los ciudadanos LUIS DANILO QUINTERO CETINA y YOANA JOSEFINA OLIVARES GAONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.778.893 y V-18.398.077, respectivamente, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 185, en el primer y segundo aparte del Código Civil. Y así se establece.
En consecuencia y por efecto del pronunciamiento anterior, queda disuelto el vínculo matrimonial que ambos contrajeron en fecha 28 de diciembre de 2.004, por ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Sucre del Estado Mérida, según acta Nº 32. Y así se decide.
SEGUNDO: Se ordena oficiar al REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA SAN JUAN DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MÉRIDA y al REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO MÉRIDA; remitiéndoles copias certificadas de la presente sentencia, a los fines de que estampen la nota marginal, una vez .....