ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del Imputado OSWALDO ANTONIO ALARCÓN CASTRO, venezolano, natural de El Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, nacido en fecha 13-02-1984, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.307.918, soltero, hijo de María Leyda Castro (v) y de Benicio Antonio Alarcón (v), mensajero de MRW, residenciado en Barrio San Isidro, Avenida 17 BIS, N° 12-110, El Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, teléfono 0414-7366652, por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 45, en concordancia con el artículo 15.4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de .....