Decisión
El Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara con lugar la Aprehensión en Flagrancia del imputado LUIS ALBERTO ROJAS RIVAS, identificados ut supra, por cuanto están llenos los supuestos del artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Este Tribunal comparte la precalificación jurídica dada por el Ministerio Público, por el delito de Ocultamiento Ilícito Agravado de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con el Articulo 149 segundo aparte en concordancia con el artículo 163 numeral 7 de la Ley Orgánica contra de Drogas, en perjuicio de la Salud pública. TERCERA: Se acuerda la aplicación del PROCEDIMIENTO ABREVIADO, todo de conformidad con el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal, y sean remitidas las actuaciones a.....