DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 5 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8vo Ejusdem y Artículo 108 Ordinal 5° del Código Penal, en la causa seguida a LUIS ALFREDO CASTELLANO GODOY, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad 9.176.038, por el delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES en perjuicio de LUIS OVALDO TAPIAS PÉREZ. Se deja sin efecto cualquier medida de Coerción Personal que pesa sobre el Imputado. Notifíquese a las partes. Por cuanto no existe en la causa, dirección precisa del imputado, ni la de la víctima, o pudo haber cambiada por el transcurso del tiempo, se acuerda notificarlos, en la forma prevista en el Artículo 181 del Código Orgánico Proce.....