DISPOSITIVA.
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas Nº 01 en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 174, 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal se decreta la Nulidad Absoluta del auto emanado por la fiscalía vigésima del Ministerio Publico denominado RESOLUCION DE INTEGRACION DE DOCUMENTOS, el cual ordenó la reapertura de la presente investigación, inserto al folio 663, en consecuencia, se retrotrae la causa al estado en que se encontraba, es decir, al ARCHIVO FISCAL decretado en fecha 19-10-2017, sin prejuicio de reaperturar la investigación, de manera motivada y fundada, cuando así lo considere necesario la parte presuntamente lesionada, y de dicha dec.....