Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite como único pronunciamiento el DECLARAR CON LUGAR TAL SOLICITUD, y acuerda oficiar a la Sub. Delegación de Mérida, Estado Mérida, Departamento o Sala de Evidencias, a fines de que se haga formal entrega de la computadora antes descrita, ala ciudadana FILOMENA ELIZABETH JAIMES HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.075.635, domiciliada en ésta ciudad de Mérida, estado Mérida, a quién solo se le exigirá su documentación personal, dado que la propiedad sobre el bien aquí solicitado, quedó claramente acreditado, haciéndoles mención en el oficio la circunstancia que la evidencia se corresponde con la investigación que con nomenclatura interna es llevada por dicho despacho bajo el Nº de Exp: I-046.167. Así se decide. NOTÍFIQUESES A LAS PARTES DE LA PRESENTE DECISIÓN.CÚMPLASE
LA JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 4
ABOGADO IRLANDA ELIZABETH .....