En fecha 11-1010, Se DECRETA LA Medida Privativa de Libertad establecida en el artículo 250,251 y 252 COPP, al imputado WILMER JOSÉ RODRÍGUEZ MENDOZA, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de RANDY SEGUNDO MALDONADO RÍVAS, de conformidad Se fundamenta la presente decisión en los artículos 1, 2,44 de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y 125, 130,131, y artículos 243, 244, 248,250,, 372, 373 del Código Orgánico Procesal. Se deja constancia que la presente decisión no fue diarizada, EL DIA QUE FUE DICTADA EL 11-10-2010.