En consecuencia, y para asegurar el cumplimiento del presente decreto, este Tribunal acuerda las siguientes medidas y diligencias:
PRIMERO: Se mantiene al ciudadano TOMÁS MICHAEL RIVAS ROMERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-11.958.005, domiciliado en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, en la posesión legítima del inmueble ubicado en el Sector San Benito, Vuelta de Lola, Quinta "Las Colinas", casa sin número, Parroquia Milla, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, consistente en una casa de dos plantas con un área de estacionamiento y un pequeño galpón anexo taller, con una extensión o superficie de aproximadamente Ochocientos Metros (800Mts) que forma parte de un lote de mayor extensión y comprendido dentro de los siguientes linderos: POR EL FRENTE: Con camino privado de acceso al inmueble; POR EL FONDO; COSTADO DERECHO e IZQUIERDO: Con terrenos que fueron de Francisco Romero Araujo, ho.....