"...este Tribunal Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud formulada de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos Eduardo Alejandro Herrada e Ida del Carmen Flores de Herrada, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedulas de identidad Nºs. 5.007.783 y V-9.179.939 en su orden, domiciliados el primero en Caracas, Altos de la Iglesia, calle El Nacional, casa Nº 07-35, Parroquia Antimano, Municipio Libertador ( hoy Distrito Capita) y la segunda en Paseo de la Feria, Edificio Don Carlos, Apartamento 44, piso 4 Mérida Estado Mérida y Civilmente hábiles , según acta Nº 327 de fecha 25 de octubre del año 1989..."