Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control nro. 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FORMULADA EN FECHA 02-04-2.009 POR LA FISCALÍA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE ÉSTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL Y EN CONSECUENCIA, PROCEDE A DECRETAR UNA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD EN CONTRA DEL IMPUTADO MIGUEL ANGEL MONSALVE MONSALVE, quien es de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad nro. V-20.432.807, domiciliado presuntamente en la Urbanización Carabobo, vereda 03, casa nro. 19, El Chama de ésta Ciudad, por considerar llenos los extremos exigidos en los artículos 250, numerales 1°, 2° y 3° y 251, numerales 2°, 3°, 4° y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 26, 30, 44, ordina.....