TRIBUNAL DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: UNO: De conformidad con los artículos 26, 44, y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1, 244 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensora Pública Abg. CARMEN ELENA OJEDA, y DECRETA EL CESE de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a favor de: JORGITO JAVIER PEREZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.676.042, nacido en fecha 27-06-1979, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero de Construcción, Gonzalo Pérez Calderón (V) Magali Josefina Manrique Guerrero (V), residenciado en el Sector 12 de Octubre, casa N° 15-50 de rejas blancas al frente de la parada de Busetas El Vigía Estado Mérida. Teléfono .....