es por lo que éste Tribunal en Funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud planteada por la Defensa del penado ANTHONY OSMEL RANGEL MORENO, antes identificado, actualmente recluido en Centro Penitenciario de La Región Andina, ubicado en San Juan de Lagunillas Estado Mérida, en relación a que se le se otorgue la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO, conforme a lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.- SEGUNDO: ACUERDA remitir mediante oficio, copia fotostática debidamente certificada de la presente decisión, al Director del Centro Penitenciario de La Región Andina con sede en San Juan de Lagunillas del Estado Mérida, a los fines de que repose en la correspondiente Carpeta Carcelaria.- TERCERO: Notifíquese a la Fiscalía Vigésima Seg.....