Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, efectuada por los ciudadanos Alexi Antonio Zambrano Lucena y Lisbeth Barón De Zambrano, venezolanos, mayores de edad, conyugues, titulares de las cédula de identidad números V-9.395.141 y V-10.242.333, en su orden. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha nueve (09) de Abril del año un mil novecientos noventa y nueve (1.999), por ante la Oficina o Unidad de Registro Civil del Municipio Alberto Adriani del estado Boliv.....