En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Nº 03 de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara PROCEDENTE la solicitud de incoada por la Defensa Técnica del imputado y AUTORIZA que a partir de la presente fecha JOSE MIGUEL FRANCO PAREDES, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.637.849, natura de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 28-01-1989, soltero, trabaja como obrero en la Tintorería y Lavandería Ecológica Premium, ubicada en Sector Flor Amarillo, local 49, Valencia Estado Carabobo, hijo de Marisela Paredes (v) y de Nelson Franco(v), domiciliado en el Barrio San Isidro, avenida 16, casa N° 18-71, El Vigía, Estado Mérida (TLF. 0424-4954742) haga sus presentaciones ca.....