Se dictó auto y firme como quedó la sentencia dictada en fecha diez (10) de noviembre de 2005 por el Tribunal de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, contra el ciudadano David Alejandro Izarra, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.699.988, domiciliado en Portachuelo, entrada principal, casa N° 056, Estado Mérida, mediante la cual fue condenado a cumplir la pena de tres (3) años de presidio por la comisión del delito de Robo Genérico, previsto en el artículo 457 del Código Penal, se procedió a ejecutar la misma y a tramitar de oficio los recaudos para que el mismo opte al beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la pena.