de conformidad con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 197, ordinal 1º de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y previo el cumplimiento de los requisitos legales, actuando en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para que esta administradora de justicia, salvo el mejor derecho del Estado Venezolano y de cualquier otro tercero, DECRETE Justo Titulo Suficiente de Propiedad y Posesión a favor del ciudadano JESUS HUMBERTO BALZA, venezolano, mayor de edad, productor agrícola, titular de la cédula de iden¬tidad número V-10.716.762, domiciliado en el sector El Morro, finca "La Balza", Mucuchíes, Municipio Rangel del Estado Bolivariano de Mérida, sobre una cabaña tipo colonial, ubicada en el sector El Morro, Mucuchies, Municipio Rangel del Estado Bolivariano de Mérida, que mide aproximadamente ciento dieciséis metros cuadrados (116 mts2), la cual consta de .....