Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, constituido como Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Condena a los ciudadanos.
RUBEN DARIO NIEVES MEJIAS, venezolano, mayor de edad, mecánico, soltero, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 16.644.543, residenciado en el Sector Inrevi, calle Principal, casa N° 149, San Juan de Lagunillas del Estado Mérida.
RAMON EDUARDO PUENTES MOLINA, venezolano, mayor de edad, de 20 años de edad, soltero, buhonero, titular de la cédula de identidad N° 17.662.459, Sector Inrevi, calle 11, casa N° 192, San Juan de Lagunillas del Estado Mérida; a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley previstas en el Artículo 13 del Código Penal vigente, por la comisión de los delitos de ROBO SIMP.....