En cuanto a los presupuestos que las normas citadas ut-retro que se contemplan para esta figura procesal, se encuentra que en el caso de autos se cumple con los requisitos previstos en ellas, como lo son: 1) la exteriorización de la voluntad de la actora de separarse de la acción incoada; 2) la capacidad para disponer de la suerte del proceso, y 3) el desistimiento de la demanda que produce los efectos de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, requiriendo el consentimiento de la parte contraria, y en el caso de examen, la abogada Leix Teresa Lobo, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Minerva Paola Quintiliani Durán, parte codemandada, y la ciudadana Sherley Irevyz Quintiliani Trujillo, asistida en este acto por la abogada Reyna Trujillo, plenamente identificadas, expresamente en la diligencia de fecha 10 de mayo del 2018, manifiestan que aceptan y convienen en el desistimiento formulado por la demandante, y con todo lo expuesto, resulta procedente en este caso,.....