declara CON LUGAR, la solicitud de adopción plena individual presentada en fecha 21 de octubre de 2003 por los ciudadanos YOLEIDA MALGIORIS SEMPRUM FERNANDEZ y URBANO GORRIN AFONSO, venezolanos, mayores de edad, soltera casado, comerciante, transportista industrial, titulares de la cédula de identidad Nros.- 10.236.617 y 3.003.097, respectivamente, domiciliados en la ciudad de El Vigía; por lo que en lo sucesivo la adoptada adquiere la condición de hija de URBANO GORRIN AFONSO, y llevara por nombre YOLEIDA MALGIORIS GORRIN AFONSO FERNANDEZ, y gozará de todos los beneficios que otorga el Código Civil en forma plena individual, todo de conformidad con los artículos 246, 255, 256 eiusdem, y Así se Decide.-