La procedencia del cobro de cánones de arrendamiento por demanda de cobro de bolívares vía intimatoria, depende del cumplimiento de ciertos requisitos legales y procedimentales. Es fundamental asegurara que el crédito sea líquido y exigible, y que se haya determinado adecuadamente el canon de arrendamiento conforme a la normativa aplicable.Es por antes expuesto que este Juzgado Accidental no evidencia prueba escrita del derecho que aquí se alega se exige, en consecuencia de conformidad con el artículo506 del Código de Procediendo Civil en concordancia con el articulo 644 y 645 ejusdem, declara Inadmisible la demanda de cobro de bolívares vía intimatoria propuesta por el AB. YOVANNY ORLANDO RODRIGUEZ MOLINA, titular de la cédula de identidad N° V-8.705.323, InpreabogadoN° 53.282,en su carácter deapoderado judicial de los ciudadanos ROSA OLIVA GUTIERREZ DE NEWMAN, JOSE ANTONIO NEWMAN GUTIERREZ, LEOPOLDO NICOLAS NEWMAN GUTIERREZ, GUIDO IVAN NEWMAN GUTIERREZ Y GUILLERMO ALEJANDRO NEWMA.....