DECLARA SIN LUGAR la acción de DIVORCIO intentada por la ciudadana ONEIDA GUERRERO RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.019.460, domiciliada en el Sector denominado La Vega San Antonio, Residencias Las Trinitarias, casa Nº 1, Parroquia Arias, Municipio Libertador del Estado Mérida, contra el ciudadano ANGEL MARÍA ROSALES CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.771.172, domiciliado en la Población de Mesa Bolívar, Sector Pozo negro, Parroquia Mesa Bolívar, Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, fundamentada en la causal tercera "excesos, sevicias e injurias que hagan imposible la vida en común contenidas en el artículo 185 del Código Civil vigente venezolano, por cuanto, no fue demostrada la causal invocada. Como consecuencia de tal declaratoria permanece el vínculo matrimonial que los une, contraído por ambos en fecha veintiséis de octubre de dos mil uno (26/10/2001), por ante la Prefectura Civi.....