Por las razones anteriormente expuesta este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede alterna El Vigía , administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia certificada.
Dado, Firmado Sellado y Refrendado en la Sala del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede alterna El Vigía.- El Vigía, dieciseis de noviembre de dos mil seis. Notifíquese a la parte demandante y/o sus apoderados judiciales de la presente decisión, a los fines de que ejerzan los recursos legales pertinentes, para lo cual se les concede un lapso de cinco días hábiles de despacho, contados a partir del día de despacho siguiente a que conste en autos la consignación del alguacil de.....