Por los argumentos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con el Artículo 48 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 318 numeral 3 ejusdem, a FAVOR del ciudadano EDILBERTO ROSALES ESCALANTE, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nª. 13.020, soltero, fecha de nacimiento 11-11-1973, natural de El Vigía Estado Mérida, de profesión u oficio comerciante, hijo de Carmelina Escalante (v) y José David Rosales (v). residenciado en la Urbanización Vista Hermosa, calle 07, casa N° 3-72, El Vigía estado Mérida, teléfono -0424-7557696; por la presunta comisión del delito por la presunta comisión del delito d.....