Dispositiva:
El Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
1) Condena a cada uno de los ciudadanos, a María Auxiliadora Ortega a cumplir la pena de doce (12) años de prisión, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal; y a Yorgen Arturo Chacón Valera, a cumplir la pena de catorce (14) años de prisión, por la comisión de los delitos de Robo Agravado y Porte Ilícito de Arma Blanca, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 del Código Penal.
2) Absuelve a Yorgen Arturo Chacón Valera, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal, debido a la aplicación del principio procesal "In dubio pro reo", que señala que en caso de duda se favorecerá el reo, de conformidad con el artícul.....