Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON SEDE EN TOVAR, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de reivindicación de bien inmueble, incoada por el ciudadano YSNARDO GUILLEN PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 4.469.362, domiciliado en la ciudad de Tovar, Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida y hábil, contra los ciudadanos quien en vida se llamaran ANA AURA MONTILVA MONTOYA y LUÍS ENRIQUE MONTILVA MONTOYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.- V- 5.618.629 y V.- 4.470.746 respectivamente, hoy representados por los hijos de la causante ANA AURA MONTILVA MONTOYA, ciudadanos Aura Yelitza Montilva, Jenny Carolina Henríquez Montilva, José Giovanny Montilva, Elitza Yusmary Montilva Montoya, ti.....