En atención y consideración a las razones expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana CRUZ DELINA CORDERO, venezolana, mayor de edad, Abogada, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.633.605, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 32.354, domiciliada en la Ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira y civilmente hábil, representada por los Abogados en ejercicio Luís Lobo Fernández y Ronald Penso, en contra de la ciudadana ISABEL TERESA PARRA AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.485.945, domiciliada en esta Ciudad de Mérida, Estado Mérida e igualmente hábil, representada por los abogados en ejercicio Daniel Sánchez e Irene Pirela, en su condición de Librada aceptante de las Letras de Cambio objeto .....