Por lo antes expuesto este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se decreta la aprehensión en flagrancia del ciudadano ISRAEL ANTONIO ACOSTA, Colombiano, de 49 años de edad, natural de Teorama Norte de Santander, Agricultor, titular de la cedula de la Ciudadanía de Colombia Nº 5.505.799, hijo de Alicia Acosta, residenciado en la aldea Los Limones, de Capazon hacia arriba, calle Principal, mas debajo de la Escuela casa S/n, Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida, teléfono 0426-8703279 y 0416-5729920, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 15 numerales 1 y 3 en concordancia con el articulo 39 y 41 de La Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la c.....