este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de conformidad con lo previsto en el Artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda Modificar la medida de Protección dictada en fecha 02-11-2015 en la Entidad de Atención "Abansa Mi Refugio, tomando en cuenta los Artículos 26, 30 y 405, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, así como el Artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: MEDIDA DE PROTECCION, de los niños SE OMITEN NOMBRES, en el hogar de la ciudadana MAYRA ALEJANDRA PARRA PARRA, en su condición de progenitora plenamente identificada, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 literal "c" de la Ley Orgánica para la Prot.....