D E C I S I O N
En fuerza de las consideraciones que antecede y en consecuencia llenos como están los extremos exigidos en el numeral séptimo del Artículo 185 del Código Civil, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONVERTIDA EN DIVORCIO la Separación de Cuerpos y Bienes existe entre los cónyuges Ciudadanos: JOSE JAVIER PEREZ DAVILA Y JAKELINE RODRIGUEZ CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédulas de identidad Nº V-11.749.178, y V-13.577.319, y en consecuencia se declara disuelto el vinculo conyugal existente entre ambos, en virtud del matrimonio civil celebrado entre ellos por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Sagrario, Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha 20 de Julio de 2001, Según Acta Nº 12.-
El Tribunal no dicta .....