Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por la ciudadana ROSA ZAIDA RAMÍREZ DE CUELLO, venezolana, mayor de edad, casada de oficios del hogar, cedulada bajo el Nro. 11.913.274, domiciliada en el sector en el sector Caño Seco III, calle 14, vereda 49, casa Nro. 29, Parroquia Pulido Méndez, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y reconocida por el ciudadano JOSÉ ALÍ CUELLO, venezolano, mayor de edad, casado, con cedula de identidad Nro. 7.777.951, domiciliado en la población de El Moralito, Municipio Colón del Estado Zulia.
Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara disuelto el vínculo matrimonial exist.....