Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de los niños: OMITIR NOMBRE, en su condición de hijos, la cualidad que tienen de Únicos y Universales Herederos del causante, quien en vida respondiera al nombre de FRANKI JAVIEL GUTIERREZ VARELA, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-19.048.623, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes del fallecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.