Por las razones expresadas, esta Corte Accidental de Apelaciones, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, realiza los siguientes pronunciamientos:
1. Declara sin lugar la apelación interpuesta en la presente causa, por el abogado Jesús Morón asistiendo al ciudadano JOSE CANELARIO DUGARTE RODRIGUEZ, en contra de la decisión del Tribunal en Funciones de Juicio No 03, que en fecha 19 de mayo de 2008, declaró desistida la querella, presentada contra el ciudadano JOSE ANGEL GAMEZ.
2. De oficio, de conformidad con los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 195 ejusdem, declara la nulidad absoluta de todas las actuaciones realizadas en la causa intentada por el ciudadano JOSE CANDELARIO DUGARTE RODRIGUEZ, contra JOSE ANGEL GAMEZ, desde la presentación de la querella acusatoria, a la cual se le dio entrada en fecha 27 de julio de 2007, el acta de ratificación .....