DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Decreta la detención domiciliaria en la Urbanización Chama, edificio N5-DS4, apartamento 34, Villa Libertad, Parroquia San Juan, Municipio Sucre, estado Mérida, por tanto, deberá tener apostamiento policial en dicho sitio, en virtud que consta a los folios 222 al 225, que en la referida dirección residirá la imputada Eudis Yozimar Espinosa Rolon. En consecuencia, se sustituye el sitio de reclusión del Hospital Universitario de Los Andes, por la detención domiciliaria con apostamiento policial en la indicada dirección. Ofíciese al Comandante de la Policía del estado Mérida a los fines que traslade hasta dicha dirección a la imputada Eudys Yozimar Espinosa Rolon, con l.....