DISPOSITIVA
En orden a lo antes expuesto este Juzgado Segundo de la Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada por la ciudadana ELIDA ROSA MUÑOZ ROJAS, asistida por el abogado JOSÉ CRÍSPULO GUZMÁN CONTRERAS, todos anteriormente identificados, sobre todos los derechos y acciones equivalentes al cincuenta por ciento (50%) que le corresponde a la ciudadana YLEIDA RIVAS UZCÁTEGUI, titular de la cédula de identidad Nro V-9.048.004, sobre una casa para habitación familiar con su correspondiente área de terreno y solar, ubicada en la Calle Camejo, identificada con el Nro. 13 de la nomenclatura Municipal, Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, dicho lote de terreno tiene una superficie de TRESCIENTOS SESENTA.....