CAPÍTULO VIII
DECISIÓN
El Juzgado Cuarto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Primero: CONDENA al ciudadano JESUS LEANDRO RAMIREZ LACRUZ, (identificado en autos), a cumplir la pena de VEINTICUATRO (24) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, como COOPERADOR INMEDIATO en el delito de HOMICIDO CALIFICADO (perpetrado con ocasión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y SECUESTRO y con alevosía), contemplados en el artículo 406.2 en relación con los artículos 458 y 460 del Código Penal, con el concurso de las circunstancias agravantes siguientes: Abuso de superioridad de fuerzas; ejecutado en unión de varias persona; en despoblado y de noche, conforme a los numerales 8, 11 y 12 del Código Penal. Segundo: CONDENA al ciudadano JESUS LEANDRO RAMIREZ LACRUZ (ya identificado), a cumplir la pena accesoria de de Inhabilitación política durante el tiempo de la condena. Tercero: No se cond.....