Este Tribunal acuerda conforme al pedimento del prenombrado abogado, y, en consecuencia, ordena citar por medio de carteles, de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, al ciudadano JESÚS ALBERTO PARRA VELIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la Avenida 16 de septiembre, Barrio San José Obrero, Pasaje 2, Nº 1-53, Municipio Libertador del Estado Mérida y civilmente hábil, emplazándolo a fin de que ocurra a darse por citado, en el término de QUINCE (15) DÍAS CALENDARIOS O CONSECUTIVOS siguientes a aquel en que conste en autos el cumplimiento de los siguientes requisitos: a.) La publicación por la prensa del cartel de citación con el intervalo de ley; b.) La consignación en el expediente de los dos ejemplares de prensa en los que aparece publicado el cartel, y c.) La constancia de que la Secretaria de este Juzgado fijó un ejemplar del mismo en las puertas de la morada, oficina o negocio del demandado, haciéndosele la advertencia expresa de que si.....