Por lo antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la rectificación de la partida de nacimiento de la ciudadana ANA DORIS YAÑEZ CUELLAR, identificada en autos, la cual esta inserta por ante el Registro Civil de las Parroquias Tovar, El Amparo del Estado Mérida, y se establece que el nombre correcto de la solicitante es: ANA DORIS YAÑEZ CUELLAR y no como aparece asentado dicho error en la referida partida. Queda así rectificada.