Niega el Permiso solicitado, al penado MIGUEL ÁNGEL MÁRQUEZ NORIEGA, identificado suficientemente en autos, por las razones anteriormente señaladas y en consecuencia notifíquese al penado para que consigne a la brevedad posible los recaudos de su nueva dirección de domicilio y de trabajo bien especificados, para proceder a otorgar el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, una vez que cumpla con todos los requisitos de Ley. ---------------------------------------------------------------------------------------------------
Se fundamenta la presente decisión en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 10, 12 y13, todos del Código Orgánico Procesal Penal; artículos 2, 26, 30, 49, 257, 258 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notificar a las partes, Fiscal, Defensa y Penado. Cúmplase. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------
EL JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 01
ABG. JE.....