Con base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO DE CONTROL N° 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite la acusación presentada por el Representante de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del estado Mérida, con sede el Vigía en contra el ciudadano YOSBER EMIRO BARBOZA RUBIANO, venezolano, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 18-03-1991, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.539.776, soltero, presta servicio militar y esta asignado a la guardia de honor, bachiller, hijo de Emiro José Barboza (v) y de Betty Rubiano (v), residenciado en Caño Seco IV, urbanización 27 de noviembre, Torre III, piso 2, apartamento Nº 6, vía Los Robles, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, por la presunta comisión de presunta co.....