este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE JUICIO N° 01, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Revocar la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad y ordena librar ORDEN DE APREHENSION contra el acusadoRHEINOLS BRAYAN VALERO PEÑA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 23.3030.184, natural de Mérida, estado Mérida, nacido en fecha 18-06-1996, de 25 años de edad, estado civil soltero, ocupación u oficio: obrero, residenciado en Lagunillas Calle Sánchez, Casa N° 10-553, Municipio Sucre del Estado Mérida,, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 65 numerales 1,2,3 y 10 de la ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano ERICK ALEXANDER IGUANZO LEÓN y ASOCIACIÓN PARA DELI.....