DISPOSITIVA
En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 471 numeral 1, 474 y 488 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara que la penada PATRICIA ELENA SALINAS CANTILLO, titular de la cédula de identidad V-17.029.441, recluida actualmente en el Centro Penitenciario de la Región Andina,tiene a la presente fecha un total de ocho (08) años, siete (07) meses y once (11) días de prisión, que se le computan como pena cumplida sin redención; que al sumársele la redención realizada en fecha 25/08/2022 (lapso laborado desde: 16-10-2016 hasta: 10-06-2022) por un lapso de un (01) año,nueve (09) meses, veinte (20) días y doce (12) días de prisión, resulta.....