Con base en las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente explanadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso de apelación de autos interpuesto en fecha 29-03--2023, por el Abg. Óscar Marino Ardila Zambrano, en su condición de abogado de confianza y como tal del encausado Teófilo Jesús Suárez Rojas, en contra de lo decidido por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, en la audiencia preliminar celebrada en fecha 24 de febrero de 2023, cuyos autos fundados fueron emitidos en fecha 17-03-2023, en el caso penal N° LP02-S-2022-000653.
SEGUNDO: Se confirma la decisión impugnada.