DECISIÓN:
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, conforme a lo establecido en los artículos 479, Ordinal 1° y 494 del actual Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA A FAVOR DE LA PENADA LESBIA MARGARITA FLORES SOSA, venezolana, mayor de edad, nacida en fecha 29-05-1964, de 39 años de edad, divorciada, de profesión comerciante, titular de la cédula de identidad No. V-8.036.243, con residencia en la Urbanización Santa Elena, Calle El Paraíso, Casa No. 1-92, de la ciudad de Mérida, Estado Mérida, quien se encuentra actualmente en libertad bajo las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad, previstas en los Ordinales 3°, 4° y 8° del artículo 256 del .....