ESTE TRIBUNAL DE CONTROL Nº 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: En aplicación de los artículos 318 numerales 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 470 y 108 ordinal 5º del Código Penal, el sobreseimiento de la presenta causa, seguida al imputado REGULO ANTONIO QUINTERO DÍAZ, por el delito de APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA previsto y sancionado en el artículo 470, vigente para el momento en que se cometió el hecho punible, en perjuicio de el ciudadano DONATO ALBERTO ROJAS : No realizar la audiencia señalada en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser necesaria debatir los fundamentos de la solicitud Fiscal y por el transcurso inexorable del tiempo desde que se cometió el hecho hasta la presente fecha. TERCERO: Notificar a las partes de la presente decisión, en caso de no localizarse a la victi.....