PARTE DISPOSITIVA
En orden a lo antes expuesto este Juzgado Segundo de la Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada por la parte actora en la presente causa, sobre un inmueble constituido por un apartamento, signado con el número 3-3, del piso 3 o nivel 3, de la Torre “B“, Araguaney, del denominado condominio siete (07), el cual tiene una superficie aproximada de CIENTO DIECISIETE METROS CUADRADOS CON QUINCE DECÍMETROS CUADRADOS (117,15 Mts2), el cual consta de una sala comedor, cocina con oficios, pasillo, tres (3) habitaciones con clóset, baño principal y baño auxiliar, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORESTE: Con la fachada noreste, SURESTE: Con la fachada sureste. SUROESTE: Con el apartamento número 3.....