DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE ACCIÓN REIVINDICATORIA, incoada por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CAMPO ELÍAS DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, representada por el ciudadano YAN CARLOS PEREZ ROJAS, en su condición de Síndico Procurador del Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, según representación que consta en Resolución Nº 287-2013, de fecha 16 de diciembre de 2013, quien actúa de conformidad con el artículo 119 numeral 1º de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y el abogado HARLAND ROBERT GONZÁLEZ GARRIDO, según poder especial que le fuera conferido por el ciudadano OMAR ADOLFO DE JESÚS LARES SÁNCHEZ, Alcalde del Municipio Campo Elías del estado Bolivarian.....