este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, revoca por contrario imperio el Informe Contable obrante a los folios 381 al 387, el cual fue consignado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Coordinación del Trabajo, de fecha 22 de marzo del año en curso y como consecuencia de ello se anula todas las actuaciones subsiguientes dictadas con posterioridad ha dicha diligencia inclusive,