En consecuencia y vista la transacción efectuada por ambas partes demandada y actora, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, interpusiera el ciudadano MIGUEL ANTONIO TORRES ALDERON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.487.732, domiciliado en Mérida Estado Mérida, contra: NORIS TERESA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad No. V- 5.797.807; domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Mérida; de conformidad a lo pautado en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, impartiéndole a la misma el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, y vencido el lapso establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, contados .....