PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana BARRIOS DAVILA MAYIRA DEL CARMEN, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 10.106.878, de este domicilio y hábil; contra la ciudadana RIDELIS DE RIVAS ISABEL TERESA, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.498.782, de este domicilio y hábil, por: Cobro de PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se condena a la demandada ciudadana RIDELIS DE RIVAS ISABEL TERESA, a pagar con la correspondiente corrección monetaria, los conceptos y sumas que a continuación se especifican:
(OMISIS...)
TERCERO: De conformidad a la reiterada y pacífica jurisprudencia de la extinta Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, sentada desde el fallo de fecha 17 de mayo de 1.993 y que este Juzgador se acoge en pro del Artículo 321 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la correspondiente corrección monetaria de la suma de dinero condenadas a pagar a la parte.....