TERCERO: Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control 5, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos FIDEL MONSALVE y LUIS JOSÈ LIENDO MOGOLLÒN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.8.002.904 y 8.012.544, domiciliados en la ciudad de Mérida, respectivamente.
CUARTO: Por ser la presente decisión un punto de mero derecho, se prescinde de la convocatoria a la audiencia para debatir la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 eiusdem. Notifíquese a las partes de la presente decisión y una vez firme remítase al Archivo Judicial. Cúmplase.
EL JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL N° 05
ABG. CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO